lunes, 11 de agosto de 2008

sobre la reforma para que los agresores no cobren seguros y herencias

Nos alegramos de las declaraciones del ministro de justicia, pero desde aqui le sugerimos mas; dado que la filiación comprende unos derechos llamados patrimoniales, y otros llamados personales, proponemos actuar no solo sobre los primeros, sino tambien sobre los segundos. La filiación implica unos derechos y unos deberes personales, implica unos apellidos, es la base de los vinculos jurídicos que forman la familia tanto nuclear como extensa. Actualmente el matrimonio formalmente contraido ha perdido su valor exclusivo, siendo consideradas las uniones de hecho análogas juridicamente y habiendo desaparecido cualquier diferencia entre filiación matrimonial y no matrimonial. Sin entrar ahora mismo en detalles exhaustivos hay casos como el de aquella señora de Granada, a quien le querían cobrar, como heredera " las letras" del coche con el que su padre mató a su madre.
Pero también conocemos casos en que un hombre después de matar a la madre de sus hijos ingresa en prisión, pero los hijos que siguen llevando el apellido de él quedan a cargo de la madre del homicida.Es decir, " todo queda en familia". A este tipo de situaciones reales o posibles, sea cual sea su gravedad, debería la legislación dar alguna respuesta.